Desde el 1 de enero de este año, La SUNAT Indicó las organizaciones deben utilizar el Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras (CUBSO) establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) Esto, con el objetivo de consignar en el Libro de Inventarios y Balances, el Registro de Activos Fijos, el Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y el Registro de Inventario Permanente Valorizado con el código de las existencias.   Cada organización en Perú debe adelantarse a cumplir esta ley, basada en la Resolución de Superintendencia N.°

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